Subvenciones a las industrias culturales
Una de las principales vías de apoyo público al sector cultural gallego se materializa a través del programa anual de subvenciones de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales, que tiene como prioridad potenciar la creación, producción y distribución de los productos culturales gallegos y favorecer, en consecuencia, el desarrollo y consolidación de un tejido empresarial sólido en cuanto a sus estructuras de trabajo y puntero en creatividad e innovación.
Últimas convocatorias
*Las subvenciones se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y hasta el agotamiento del crédito presupuestario, por el procedimiento abreviado y por orden cronológica, habida cuenta la fecha y hora de entrada en el registro.
5 meses
La presentación electrónica es obligatoria, a través de la sed electrónica de la Xunta de Galicia.
5 meses
La presentación electrónica es obligatoria, a través de la sed electrónica de la Xunta de Galicia.
*Las subvenciones se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y hasta el agotamiento del crédito presupuestario, por el procedimiento abreviado y por orden cronológica, habida cuenta la fecha y hora de entrada en el registro.
2 meses
La presentación electrónica es obligatoria, a través de la sed electrónica de la Xunta de Galicia.
5 meses
La presentación electrónica es obligatoria, a través de la sed electrónica de la Xunta de Galicia.
5 meses
La presentación electrónica, a través de la sed electrónica de la Xunta de Galicia, es obligatoria para las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, autónomos y estudiantes universitarios y las personas representantes de una de las anteriores. Aquellas personas no obligadas a la presentación electrónica también pueden presentar las solicitudes de manera presencial en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
5 meses
La presentación electrónica es obligatoria, a través de la sed electrónica de la Xunta de Galicia.
5 meses
La presentación electrónica es obligatoria, a través de la sed electrónica de la Xunta de Galicia.
*Plazo ampliado por Resolución del 16 de febrero de 2021 (DOG nº 36, del 23 de febrero de 2021). No obstante, una vez agotado el crédito en la cuantía máxima fijada en las bases, no se admitirán nuevas solicitudes aunque la publicidad de esta circunstancia se produzca con posterioridad.
2 meses
La presentación electrónica es obligatoria, a través de la sed electrónica de la Xunta de Galicia.
*Plazo ampliado por Resolución del 8 de abril de 2021 (DOG nº 69, de 14 de abril de 2021).
5 meses
La presentación electrónica es obligatoria, a través de la sed electrónica de la Xunta de Galicia.